El conocimiento es poder. Cuanto más se sabe, más se quiere saber. Para afrontar la vida, es fundamental adquirir conocimientos, desde que nacemos, somos esponjas que absorbemos toda la información que nos llega. Con los años, ese aprendizaje que se produce de forma natural, debe empezar a hacerse de forma guiada. Por eso se crearon los sistemas educativos y los procesos formativos, para adquirir conocimientos que, de otro modo, no pueden obtenerse. Sin entrar en detalles al respecto de los orígenes de la educación y la formación académica, vamos a centrarnos en la actualidad. En este momento, formarse continuamente, es tan fundamental como la adquisición de los primeros conocimientos de los que disponemos.
En el plano laboral, la formación continua, acorde a los puestos de trabajo y el desempeño de los mismos, esta siendo cada vez, más necesaria. Debido a la rápida evolución y los cambios a los que nos vemos sometidos, los puestos de trabajo, igualmente evolucionan y hay que saber adaptarse. Igualmente, la formación es esencial para abarcar más campos y poder optar a trabajos diferentes al que tengamos. Por lo que pueda pasar en un futuro.
Desde INTE Tenerife, conocedores de todo lo relacionado con la formación laboral y el desempleo, nos han explicado lo esencial de seguir formándose a nivel empresarial. Por otro lado, nos han hablado sobre los cursos bonificados para empleados y la forma de acceder a ellos. Así que, de eso vamos a hablar en este post, la formación bonificada y la forma de acceder a ellos. Si quieres saber más al respecto, solo tienes que seguir leyendo.
De que va esto de la formación bonificada
Grandes empresarios se hacen grandes por su capacidad de comprender que sus trabajadores, merecen ser incentivados y premiados en aras de un mejor desarrollo profesional. Estos incentivos no han de ser siempre y exclusivamente, de carácter económico. Si bien es cierto que, al trabajador le gusta que le suelten la pasta. La cuestión es que hay que ir un paso más allá y una de las mejores formas de mejorar las competencias profesionales de los trabajadores e incentivar su desarrollo profesional, es procurar el acceso a la formación bonificada.
Este tipo de formación, consiste en un crédito común a todas las empresas. Con este crédito, las mismas deben invertir en formación para sus trabajadores. Medidas de este tipo, componen un método excelente para aumentar la productividad y la competitividad de los propios empleados. Aunque la gestión de este tipo de formación se lleva a cabo por los respectivos departamentos de recursos humanos, el desconocimiento sobre el tema aun es grande. La difusión de la información sobre los beneficios que aporta es tan vaga que, tan solo un treinta por cien de las empresas privadas, se benefician de la bonificación.
Este tipo de formación, la paga la empresa en conjunto con el empleado a través de la Seguridad Social. No se trata de una subvención pública, pues mes a mes, ambas partes, aportan una cantidad económica a la seguridad social en concepto de formación. En las nominas viene definido dicho concepto. Esta aportación, es también conocida como crédito de formación.
Las empresas, tienen la posibilidad de recuperar esa aportación, convirtiéndolas en formación para sus empleados. De esta manera, las empresas pueden invertir en formación sin que suponga coste extra o restando el porcentaje de crédito acumulado en los casos de que la formación en concreto, no sea cien por cien bonificable.
En este caso, no sucede como en otros aspectos como el derecho a la desconexión digital, la compensación salarial o la necesidad de una adaptación al teletrabajo, las formaciones nos son una necesidad de reciente cuño en los recursos humanos de cada empresa. Aunque cabe señalar que, han ganado relevancia las iniciativas relacionadas con el bienestar laboral de los equipos de trabajo y la adaptación a cada proyecto en particular.
Siendo así, ofrecer formación y permitir que los trabajadores evolucionen sintiéndose acompañados por la empresa, hará que el compromiso del trabajador aumente. En líneas generales, estas dinámicas formativas, traen aledañas, mejorías en el rendimiento y la calidad del trabajo, sobre todo en sectores y áreas donde la innovación es constante y los empleados deben aprender sobre la marcha. Ofrecer formación adaptada a esas necesidades, debe convertirse en un aspecto primordial para las empresas.
Condiciones para optar a la formación bonificada
Existe una ley que regula la Formación Profesional en España, en la cual existen supuestos que regulan los diferentes tipos de bonificación a los que se puede acceder. Por ejemplo, una de las condiciones para optar a ellas, es ofrecer la formación a empleados que prestan servicio a empresas del sector público y privado. Otro de los requisitos, es que la acción formativa este directamente relacionada con la actividad que desarrolla la empresa y sus empleados. Es decir, no hay lugar para una formación de carácter sanitario dentro de una empresa de informática. Por otro lado, tanto la preparación como la realización de los cursos, puede llevarse a cabo dentro de la misma empresa o, a través de una contratación.
Para poder aplicar estas bonificaciones a una empresa, es fundamental tener en cuenta una serie de requisitos:
- Informar a la representación legal de los trabajadores de que se va a llevar a cabo la realización de cursos.
- Inscribir a la empresa en el organismo competente para la impartición de los cursos, Fundae.
- Comunicar el inicio de los cursos y los trabajadores que van a formar parte de ellos.
- Llevar a cabo la acción formativa al completo.
- Comunicar la finalización de los cursos, entregando la documentación requerida.
Las bonificaciones se aplicarán a partir del mes en el que finalicen los cursos, siempre y cuando se hayan realizado los tramites correctamente.
A razón del número de trabajadores de la empresa, se determina el porcentaje del coste que debe abonar la empresa. De este modo, se agrupan las cuotas en cuatro grupos que pueden o no, estar exentos del pago de las cuotas u obligados a pagar entre el cinco y el cuarenta por cien. Quedando los siguientes grupos:
- Empresas de uno a cinco empleados quedan exentos de financiar la bonificación.
- Empresas de seis a nueve, deberán abonar el cinco por ciento.
- Empresas de diez a cuarenta y nueve empleados, abonarán el diez por cien de la cuota.
- Empresas de cincuenta a doscientos cuarenta y nueve, deben aportar el veinte por cien.
- Empresas de doscientos cincuenta o más empleados, habrán de costear el cuarenta por cien.
Con objeto de establecer una regulación igualitaria entre las empresas que están interesadas en las formaciones bonificadas, se creó el concepto de créditos de formación bonificada. El objetivo de esta medida es facilitar el acceso a este tipo de cursos sin que exista discriminación por el número de empleados con el que cuente la empresa. De esta manera, todas las empresas que lo deseen, pueden formar a sus trabajadores y establecer una competencia respetuosa.
Las empresas de nueva creación, cuentan on una formula diferente en la que disponen de un crédito especifico por cada empleado que incorporen a su plantilla.
En el caso de que la empresa no encaje en alguno de estos supuestos, el crédito destinado a la formación, variará en función del número de empleados y la cotización de los mismos, en concepto de contingencias comunes del año anterior al de la formación.
Durante el tiempo que dure la formación, la empresa deberá conceder al trabajador el Permiso Individual de Formación (PIF). Esto permite que el empleado, destine parte de la jornada laboral a participar en las acciones formativas sin perjuicio salarial. A través de dicho permiso, el Sistema de Formación Profesional para el empleo del SEPE, retribuirá esas horas realizadas.
En el caso de que la empresa se niegue a conceder este permiso, deberá especificar detalladamente las razones. Se trata de un permiso fundamental para conciliar el trabajo con las formaciones y permite un máximo de doscientas horas laborales anuales.
Hay que comprender bien los dos conceptos elementales que conlleva este tipo de formación. Por un lado, el grupo formativo y por otro, la acción formativa. Básicamente, el grupo no puede constituirse sin la acción, pero los términos no comparten definición.
Siendo así, el grupo formativo, engloba a los profesionales que van a participar en la formación y la acción, se refiere al tipo de enseñanza que se propone.
Serán las características de cada acción las que definirán si se trata de una formación bonificable o no. Puesto que las formaciones deben contar como objetivo principal con la mejora de las competencias del equipo de trabajo y un temario relacionado con la actividad laboral correspondiente.
En este ámbito, quedan excluidas otras actividades como las jornadas laborales, las ferias, congresos o seminarios en los que participe la empresa.
Para resumir, podemos decir que las formaciones bonificadas, son fundamentales para que la empresa evolucione y amplíe sus objetivos junto con su plantilla. Ofrecer a los empleados este tipo de cursos, es un factor clave a la hora de alcanzar objetivos, pues la formación y la preparación, aumentan el valor de los empleados y, por tanto, de la compañía.